Visto el recurso de apelación interpuesto por la abogada Laura Blank, Defensora Pública Sexagésima (60º) Penal para actuar ante los Tribunales de Primera Instancia en funciones de Control, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de Defensora del imputado LUNGER CLEMER RAMIREZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Duodécimo (12º) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 30 de diciembre de 2011, mediante la cual decretó en contra de su defendido Medida Cautelar Sustitutiva, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3º artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; esta Sala lo admite, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 4º del artículo 447 del citado Código y por no configurar ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 437 eiusdem, reservándose el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 450 de la Ley Adjetiva Penal, para la resolución .....