Por las razones antes expuestas, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada SUHAM EL BADICHE CH., Defensora Pública Vigésima Primera (21°) Penal, adscrita a la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensora de la imputada, ciudadana: MACHADO LIMA DILUSMA DEL VALLE, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.693.377, en contra de la Decisión dictada en audiencia por el Juzgado Trigésimo Séptimo (37°) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14/04/2010, mediante la cual le decretó Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 256, ordinal 3°, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la .....