DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al Mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 437, 447 numeral 4°, 448 y 450, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE el Recurso de APELACIÓN DE AUTO interpuesto por la Profesional del Derecho LUISA QUEVEDO, en su carácter de Fiscal Trigésima (30°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Quincuagésimo Segundo (52°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 02 de febrero de 2009, mediante la cual acordó Decretar a favor de los ciudadanos MENDEZ ABAD GILBERTO Y LINDOMAR HERRERA JESÚS, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad conte.....