Por todo lo antes expuesto, esta SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ABG. ROBERT OCHOA SALAZAR, en su condición de Fiscal Octogésimo del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Ejecución de Sentencias, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, a cargo del ciudadano DR. RICARDO HECKER PUTERMAN, de fecha 30 de Abril del año que discurre, mediante la cual acordó a la ciudadana ARELIS DEL CARMEN RÍOS SARCOS, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedando así, CONFIRMADA la .....