DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la Inhibición presentada por la Doctora BEATRIZ MONTERO AREVALO, Juez Undécima de Primera Instancia en Función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el escrito de Inhibición planteado en la causa N° 1648-09, nomenclatura de ese Despacho, seguida contra la ciudadana MAIRA ALEJANDRA APONTE FERNÁNDEZ, todo de conformidad con el artículo 86, numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 87 ejusdem y 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Regístrese, diarícese, publíquese y remítase la presente incidencia al Juzgado A quo para su conocimiento y demás fines.
EL JUEZ PRESIDENTE,
DR. JESÚS ORANGEL G.....