DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de le Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Doctores DAVID TERÁN GUERRA y BÁRBARA RODRÍGUEZ SALAZAR, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 58.696 y 117.240, quienes actúan con el carácter de Defensores de la ciudadana CECILIA MARGARITA SOSA GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Número 2.935.735, en contra de auto dictado en fecha 28 de Febrero de 2007, por el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual Declaró Sin Lugar la solicitud hecha por la Doctora BÁRBARA RODRÍGUEZ SALAZAR, en fecha 22/02/2007, de s.....