DISPOSITVA
Por todos los argumentos antes expuestos, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Zulay Medina, Defensora Pública Quincuagésima Novena Penal, en su carácter de defensora del ciudadano CÉSAR JOSÉ BENÍTEZ GUZMÁN, en contra del auto de fecha 05/05/07, proferido por el Juzgado Tercero Accidental en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia SE ANULA el auto dictado por el Tribunal A quo y se ordena que un Tribunal distinto en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, se pronuncie motivadamente, sobre la procedencia o no del beneficio de Confinamiento al citado penado. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 173, 190, 191 y 195 del Código Orgánico.....