DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Doctor Juan Manuel Pirela González, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa Mercantil Un Trock, Constructora C.A., en contra de la decisión emitida en fecha 19/03/07, por el Juzgado Trigésimo Octavo en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida en contra de los ciudadanos Irama Calcaño Monsalve, Alfredo Pietri García, René Lepervanche Michelena y Pedro Antonio Reyes Oropeza, de conformidad con lo establecido en los artículos 432, 433, 435, 436, 447, 448, 449 y 450 todos del Código Orgánico Procesal Penal, y se resolverá sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro del lapso legal correspondiente.
Regís.....