DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, es por lo que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: ADMITE la prueba ofrecida por la ciudadana DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA, en su condición de Juez Integrante de esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, consistente en la copia del Poder conferido ante la Notaria Octava del Municipio Baruta del Estado Miranda, Chuao, Planilla Nº 32945, de fecha 26/02/2002, asentado bajo el Nº 51, Tomo 49 de los Libros de Autenticaciones de dicha notaria, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerarla útil, necesaria y pertinente para dilucidar la incidencia procesal planteada.
Regístrese, publíquese y diarí.....