DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Nueve de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de apelación ejercido el 31 de abril de 2006, por el abogado RICHARD ARGENIS GALLARDO HERRERA, en su carácter de defensor del ciudadano ALFILIO RAFAEL PINO MENDOZA, contra el auto dictado el 17 de abril de 2006, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual declaró improcedente la redención de la pena a favor del referido ciudadano.
Regístrese, Publíquese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ PRESIDENTE,
CÉSAR SÁNCHEZ PIMENTEL
EL JUEZ, LA JUEZ,
NELSON CHACÓN QUINTANA BELKIS ALIDA GARCÍA
(Ponente.....