DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Nueve (9°) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 09 de Noviembre de 2006, por el ciudadano abogado ALVARO HITCHER MARVALDI en su carácter de Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quedando CONFIRMADA la sentencia publicada el 22 de agosto de 2006, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSUELVE a los ciudadanos MARLON ALBERTO LARES AVARIANO y EDUARDO JOSE ALVAREZ CONTRERAS, de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el 80 segundo aparte y 424 todos del Código Penal.