DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos esta Sala N° 09 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, según lo dispuesto en el artículo 176, en relación con los artículos 191, 195 y 196, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Segundo (42º) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 24 de marzo de 2006, en la cual “…DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos OSCAR JOSUE VASQUEZ CHACON y OMAR OSWALDO VASQUEZ CHACON, por la comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA, tipificado en el último aparte del artículo 464 del Código Penal, vigente para la fecha de la presunta perpetración del hecho punible, conforme lo dispuesto en el artículo 318, numeral 2º del Cód.....