DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la excepción prevista en el artículo 31.2 literal b del Código Orgánico Procesal Penal, opuesta por la defensa, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO, seguido en contra del ciudadano MANUEL ISIDRO MOLINA, quien es Venezolano, natural de Varela estado Trujillo, donde nació en fecha 17 de abril de 2005, de profesión u oficio Licenciado en Comunicación Social, estado civil casado, residenciado en la Urbanización El Limón, calle 01, Quinta Mi Cabaña, San Antonio de los Altos, y Titular de la Cédula de Identidad Nº 3.808.860, por la presunta comisión del delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 444 del Código Pen.....