PRIMERO: Se CONDENA a la ciudadana LUIS GERARDO BETANCOURT, de las características enunciadas en el encabezamiento de la presente decisión, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO por considerarla autora responsable de la perpetración del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, figura delictiva que sancionaba el artículo 407 del Código Penal y de conformidad con las previsiones de los artículos 365 y 367 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, Condenándosele además a cumplir con las penas accesorias de Ley previstas en el artículo 13 del Código Penal Venezolano, que son la interdicción civil y la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la misma, desde que ésta termine.
SEGUNDO: Se ABSUELVE a la ciudadana MARISELA QUINTANA MATA, de las características enunciadas en el encabezamiento de la presente decisión, de los cargos que le fuesen formulados por la perpetración del delito de H.....