Por los fundamentos anteriormente expuestos tanto de hecho como en el derecho, este JUZGADO DECIMO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento . PRIMERO: Declara La NULIDAD ABSOLUTA de la de la audiencia preliminar, celebrada en la presente causa, el 09 de Octubre de 2009, por el Juzgado Cuadragésimo Primero (41º) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual se admitió la acusación presentada por el Representante del Ministerio Público, a la luz de lo consagrado en el Artículo 330 de la Ley Adjetiva Penal, en contra del acusado REINALDO DAVID CHIRINOS FRENANDEZ; por cuanto no se le dio la oportunidad de ser informado sobre en cual de las circunstancias del delito culposo recaía su responsabilidad penal, y en consecuencia sin la debid.....