Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo en Función de Juicio del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD REALIZADA POR EL ACUSADO JACK ANTONIO ESCALANTE DIAZ, POR INTERMEDIO DE LA CONSULTORIA JURIDICA DEL INTERNADO JUDICIAL CAPITAL RODEO II Y EN CONSECUENCIA NIEGA EL CESE DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL que pesa sobre el mismo, ya ampliamente identificado, Y ASÍ SE DECIDE EXPRESAMENTE.
Regístrese, Diarícese. CÚMPLASE.-
LA JUEZ
DRA. MARILDA RIOS HERNANDEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARINELYS PRIMERA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado.
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