Siendo así, lo procedente y ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR la solicitud de nulidad solicitada por los Abogados Privados José Amalio Graterol y Telma Nancy Fernández, Abogados en ejercicios inscritos en el instituto de previsión del Abogado bajo los Nº 66.605 y 76.096, actuando en su carácter de defensor del ciudadano TOMAS ALBERTO PARTIDA GAECES, titular de la cedula de identidad Nº V-11.992.3366, por considerar que existe violación al derecho a la defensa y al debido proceso en la presente causa por no haber realizado el Fiscal del Ministerio Público las diligencias solicitadas por estos en la etapa de investigación. Se acuerda continuar con el Juicio Oral y Público, el día 04 de Agosto de 2010, a las 9:00 de la mañana. CUMPLASE. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ,
DRA. MARILDA RIOS HERNANDEZ
LA SECRETARIA
ABG. LUISA LAYA.
En esta misma fecha se cumple lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA
ABG. LUISA LAYA.
CAUSA: 17J-534-10
MRH/marilda
.....