D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA AL PENADO MARIO ALEJANDRO MIJARES, titular de la cédula de identidad N° V-6.037.089, la Fórmula Alternativa para la Ejecución de la Penal tenida como RÉGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo previsto en los artículos 3, 19 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con el primer aparte del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 7 y 65 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Régimen Penitenciario.-
Regístrese, Diarícese y notifíquese lo conducente a las partes. De igual forma, líbrese oficio dirigido al Director del Internado Judicial Capital rodeo 1, remitiéndole anexo Boleta de Excarcelación N° 005-07 a nombre del penado de autos. P.....