En razón de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 18 de septiembre de 2012, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por, ELDYS ANTONIO FERREIRA RISSO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 16.343.494, por reclamación de diferencias de prestaciones sociales y demás créditos derivados de la prestación de servicios; contra la firma mercantil, de este domicilio, COMERCIAL AUTO CENTRO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 18 de mayo de 1990.....