DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por el abogado JOAQUÍN MONTOYA, en su carácter de apoderado judicial de la empresa GANADERÍA R&A C.A., parte codemandada en el asunto signado bajo la nomenclatura AP21-L-2012-000115, en contra del Juzgado Vigésimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.