declara: Primero: Sin lugar la apelación, tanto de la parte actora como de la demandada, interpuesta contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 16 de diciembre de dos mil diez, la cual queda así confirmada. Segundo: Parcialmente con lugar la demanda que por cobro de las diferencias sobre el pago de prestaciones sociales y salarios retenidos por recargo de días domingos y feriados laborados, interpuso, JOSÉ MANUEL LOREZO ARAQUE, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 5.613.099, contra la firma mercantil, de este domicilio, NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 26 de junio de 1957, bajo el Nº 23, tomo 22-A. Tercero: Se condena a la demandada a pagar al actor, las diferencias en la prestación de antigüedad, Bs.18.189,26; de intereses sobre prestaciones, Bs.13.909,06; de vacaciones no disfr.....