Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de al Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, adminis-trando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha trece (13) de noviembre de dos mil trece (2013), la cual queda revocada. SE-GUNDO: Con lugar la demanda por reclamación de diferencia de prestaciones sociales y otros créditos derivados de la prestación de servicios, interpuesta por, JOSE DOMIN-GO RAMIREZ MARQUEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número: 8.082.981; contra la JUNTA LIQUIDADORA DEL CENTRO SIMÓN BOLÍVAR. TERCERO: No hay imposición en costas dada la naturaleza del presente fallo.