En fuerza de todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación de la parte actora, contra la decisión del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial, de fecha 26 de enero de 2010, en cuanto a la declaratoria con lugar de la falta de cualidad opuesta por el Banco Industrial de Venezuela, la cual queda confirmada en este aspecto. SEGUNDO: Con lugar la falta de cualidad opuesta por el apoderado judicial del codemandado MARIO DIGITALE MODANO, contra el fallo del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial, en lo que respecta a la declaratoria sin lugar de la falta de cualidad o interés opuesta por el codemandado Mario Digitale, la cual queda.....