En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el auto dictado por el Juzgado 15° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 12 de julio de 2006, todo en el juicio incoado por el ciudadano Diego Velásquez contra el Fondo Nacional de Desarrollo Urbano. Segundo: Se confirma la decisión recurrida, que declaró la inadmisibilidad de la demanda. Tercero: No hay condenatoria en costas, conforme a lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide. Según lo expuesto en la motiva, se fija un lapso .....