PRIMERO: Sin lugar la apelación de la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial, de fecha 07 de junio de dos mil diez, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por AMERICO ANTONIO MAVARES GONZALEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 3.351.200, por reclamación de diferencia de prestaciones sociales; contra el INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACION EDUCATIVA (INCE), Instituto Nacional Autónomo creado por Ley del 22 de agosto de 1959. TERCERO: Se condena al Instituto demandado a cancelar al actor las diferencias de los siguientes conceptos: 1.- Antigüedad, a razón de sesenta y cinco (65) días de salario integral, por todo el tiempo que duró la relación de trabajo, o sea, entre el 25 de enero de 2004 y el 30 de junio de 2005, lo cual alcanza a la cantidad de Bs.3.223,40; y los intereses sobre esta cantidad (fideicomiso), conforme a los p.....