Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Ju-dicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de la parte accionante en nulidad, contra la sentencia del Juzgado Octavo de Primera Ins-tancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción judicial del Á-rea Metropolitana de Caracas, de fecha veintisiete (27) de mayo del año dos mil tre-ce (2.013). SEGUNDO: Sin lugar el recurso de nulidad del acto o Providencia Admi-nistrativa dictada en fecha 26 de febrero de 2010, por la Inspectoría del Trabajo, Se-de Caracas Sur del Área Metropolitana de Caracas, signada con el N° 0188-2010. TERCERO: Se confirma el fallo apelado. CUARTO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.