Ahora bien, de la revisión efectuada al fundamento de la aclaratoria solicitada, es evidente que la parte demandada pretende a través de esta vía la modificación de las motivaciones de hecho y de derecho que llevaron a este Tribunal a tomar la decisión publicada el día 13.02.2013, no siendo ésta la vía idónea para tales fines, por lo que cuenta con los recursos que le da el ordenamiento jurídico a fin de ejercer ataque en contra de la misma. Es decir, observa este Tribunal Superior que, pretende la apoderado judicial de la parte actora que a través de una aclaratoria de sentencia se emita nuevo pronunciamiento de lo debatido, aseverando que el concepto de reintegro de seguro social ha sido declarado improcedente, a pesar que está claro en la parte motiva de la decisión que el mismo procede en virtud de que la demandada "...no fundamentó su rechazo a lo peticionado en el libelo de la demanda, por reintegro del Seguro Social y Paro Forzoso, debe entenderse que se tiene por admitido lo re.....