En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circui-to Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Cara-cas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la oferen-te contra la decisión del Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustan-ciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, de fecha 02 de diciembre de 2013, la cual queda confirmada. SEGUNDO: No ha lugar a la homologación del acuer-do transaccional suscrito entre, PIZZA’S HOUSE RISTORANTE PIANO DISCO PA-RROT, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 05 de febrero de 1985, bajo el N° 38, tomo 22-A-Sgdo., y HANNY ANGEL TRUJILLO APARICIO, mayor de edad, de este do-micilio y titular de la cédula de identidad N° 20.872.959, de fecha 24 de octubre .....