PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial, de fecha 25 de septiembre de 2012, el cual mantiene toda su fuerza y vigor. SEGUNDO: Queda admitido el llamado en tercería de la parte demandada respecto al ciudadano, DAMIAN ALEXANDER AGUILAR, ya identificado. TERCERO: Se imponen las costas del recurso a la parte actora recurrente, por haber sido confirmada la decisión recurrida.