DISPOSITIVO:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Suprior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida preventiva de suspensión de efectos del acto administrativo de efectos particulares N° 0383-12, de fecha 12 de julio de 2012, emanado del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, incoado por la empresa BIMBO DE VENEZUELA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 08.09.1965, bajo el N° 85, Tomo 37-A-Sgdo. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas. http:/.....