Ahora bien, en fecha 17 de septiembre de 2014, comparece por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo la abogado Mary Moschiano quien consigna diligencia desistiendo del recurso de apelación ejercido, la cual ha sido recibida por este Juzgado en fecha 24.09.2014, tal como se evidencia del oficio mediante el cual el Juzgado de Juicio remite la misma. Pues bien, revisadas las presentes actuaciones se puede constatar que vista la manifestación realizada por la apoderada judicial de la parte recurrente, y revisados como han sido los extremos legales, a saber, la facultad para desistir de la apelación por parte de la prenombrada abogado, es por lo que, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, y se ordena la remi.....