Por todas las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Desistido el recurso de apelación ejercido por las codemandadas contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 27 de junio de 2006. Segundo: Se condena en costas a la parte demandada, conforme a lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Tercero: Respecto a la apelación de la parte accionante, y conforme a los motivos explanados supra, se considera necesario prolongar la presente audiencia para el día jueves diecinueve (19) de octubre de 2006, a las diez de la mañana (10:00 am), para lo cual se encuentran a d.....