Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 25 de marzo de 2013, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por, ROSA PATRICIA FERNANDEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° E-82.244.858; contra la firma mercantil, de este domicilio, "GRUPO T y T 2000, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 09 de julio de 2004, bajo el N° 81, tomo 936-A. TERCERO: Se condena a la empresa demandada, "GRUPO T y T 2000, C.A.", antes identificada, a cance.....