Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la sentencia publicada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de marzo de 2006. Segundo: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la misma decisión. Tercero: Con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salario caídos iniciada por la ciudadana Lynette Beatriz Pulgar Rincón contra el Hospital Universitario de Caracas, y ordena a este último a reenganchar a la demandante a su puesto de trabajo en las mismas condiciones en que se encontraba antes de su despido ilegal, y a cancelarle los salarios caídos sobre la base de Bs. 638.477, mensuales, más los aumentos legales (Decretos del Ejecutivo Nacional), contractuales o convencionales que pudieran corresponderle. Cuarto: Se confirma la decisión recurrida, con la motiva.....