Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de al Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 04 de julio de dos mil trece (2013), la cual queda modificada en los términos de este fallo. SEGUNDO: Sin lugar la demanda interpuesta por la ciudadana NICOLASA ESPINOZA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.177.241; en lo que respecta al SISTEMA URBANO DE PROCESAMIENTO, RECOLECCION Y ASEO DE CARACAS, C.A. (SUPRA-CARACAS), y la ALCALDIA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DE CARACAS. TERCERO: Se condena a la Asociación Cooperativa El Respeto, R.L., a cancelar a la parte actora, las sumas de Bs.4.200,.....