Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: UNICO: Improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos del Acto administrativo número 0445-12, de fecha 13 de julio de 2012, dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, solicitada por la sociedad mercantil TEXTILES GAMS, C.A. Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.