PRIMERO: LA NULIDAD DE LAS ACTUCIONES DESDE EL AUTO DICTADO EN FECHA 29 de julio de 2014 (folio 145 al 147) y ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, proceda a oír el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora en contra de la decisión interlocutoria de fecha 17 de julio de 2014, en un solo efecto, mediante la remisión de las copias certificadas que a bien indiquen las partes y el órgano jurisdiccional; y una vez que cumpla con lo ordenado proceda a la remisión del asunto a fin de ser nuevamente distribuido a los Juzgados Superiores, como una apelación en el solo efecto devolutivo.