Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado IGNACIO ARAUJO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 117.551, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, contra el auto dictado en fecha 02/11/2022, por el Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE ANULA el auto dictado por el Tribunal A-quo en fecha 07/11/2022, mediante el cual oye en un solo efecto el referido recurso de apelación, asimismo SE ANULA el auto y oficio librado en fecha 24 de Noviembre de 2022, mediante el cual ordena remitir el Recurso de Apelación a los Juzgados Superiores previa distribución. TERCERO: Se ordena remitir el pres.....