este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda contencioso administrativa, incoada por la sociedad mercantil ADP PUBLICIDAD, C. A., en contra del acto administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa N° GCVCRS-PA-002-2017, de fecha 26 de enero de 2017, expediente DIC19-IN15-0612, dictada por la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Capital y Vargas, en fecha 26 de enero de 2017. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte recurrente de la presente decisión.