PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada. TERCERO: SE MODIFICA EL FALLO APELADO, en consecuencia se condena a la demandada al pago de los conceptos y cantidades señalados en la parte motiva del presente fallo. Igualmente se ordena una experticia complementaria del fallo a fin de calcular la indexación judicial e intereses moratorios conforme a los parámetros señalados en la parte motiva del fallo.