Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión proferida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio, en fecha 12 de mayo de 2009. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas TERCERO: SE CONDENA a la demandada a pagar a la actora los conceptos y cantidades condenadas conforme a los términos y condiciones establecidos en la parte motiva del presente fallo, CUARTO: NO HAY ESPECIAL CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente fallo.-