En consideración de todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la Inhibición planteada por la Juez Octava (8º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, abogada MARIA ISABEL SOTO, ya identificada, para seguir conociendo del juicio de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoado por el ciudadano ADEL MONBASHERI contra las sociedades mercantiles ALFOMBRAS MOBREN, C. A., INDUSTRIAS CLAVIVEN, C. A. e INDUSTRIAS KRORSANDI ENERPRISE, C. A. SEGUNDO: Notifíquese de esta decisión al Juez inhibido mediante oficio remitiendo copia certificada de la presente. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión Líbrense los respectivos oficios.