PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la acción de amparo constitucional, intentada por NORA JOSEFINA UZCÁTEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.758.291, contra la ASOCIACIÓN CIVIL COLEGIO SAN LUIS, ambas partes identificadas al inicio de la presente decisión, SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 03-10-2013. TERCERO: SE ORDENA LA REDISTRIBUCIÓN de la presente causa entre los jueces de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.