este JUZGADO TERCERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en sede Contencioso Administrativa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de nulidad del acto administrativo de efectos particulares interpuesto por TOSTADAS RESTAURANT EL TROPEZON C.A., contra la Certificación número 0046-2015, de fecha 07 de agosto de 2015, emanado de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Distrito Capital y Estado Vargas (GERESAT Capital-Vargas), del Instituto Nacional de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, quedando en consecuencia CONFIRMADO dicho acto administrativo por las razones ya expuestas en el texto del presente fallo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.