Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Desistida la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión reproducida en forma escrita por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 21.11.2006 con ocasión al juicio incoado por el ciudadano JUAN BAUTISTA CARRERO MEDINA contra la ALMACENADORA CARACAS C.A.; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión reproducida en forma escrita por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 21.11.2006 con ocasión al juicio incoado por el ciudadano JUAN BAUTISTA CARRERO MEDINA contra la ALMACENADORA CARACAS C.A., que declaró sin lugar la demanda int.....