PRIMERO: MODIFICA el fallo dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 21 de mayo de 2008, en virtud de la consulta ordenada por el Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 08 de octubre de 2008, de acuerdo a lo establecido en el artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General dela República. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FELIPE OCTAVIO VILLARROEL contra MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION, ambas partes identificadas en el cuerpo de la presente sentencia. TERCERO: No hay condenatoria en costas. CUARTO: Se ordena la notificación por oficio del Procurador General de la República con inserción de copia certificada de la sentencia, conforme el artículo 95 del.....