Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, Declara: Primero: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la abogada YRAIMA SEQUERA, en su carácter de apoderada judicial de la actora, contra el acta dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de fecha 19 de enero de 2007. Segundo: SE CONFIRMA el acta dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de fecha 19 de enero de 2007. Tercero: No hay condenatoria en costas del recurso de apelación a la parte demandante apelante