Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: SE HOMOLOGA la Transacción presentada en fecha 20 de mayo de 2014 por los abogados en ejercicio: DALIA COIRAN y YISSEL VILLARREAL, de este domicilio e inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los Nos. 92.729 y 182.647; el primero en su condición de apoderado judicial de la de la parte ACTORA y el segundo en su carácter de apoderado judicial de la parte DEMANDADA.