Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida, dictada por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de junio de 2009, TERCERO: NO HAY ESPECIAL CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza de la presente decisión, todo en el juicio incoado por el ciudadano ARQUIMEDES DEL VALLE BISTOCHE contra CVF INGENIERIA, C. A., ambas partes plenamente identificadas en autos.