Por los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: : declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada. Se revoca el auto que oyó la presente apelación, en consecuencia se remite el presente expediente al Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Sustanciación, Medicación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes. No hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de febrero de dos mil catorce (2014). Años: 203º y.....